Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expresados, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRABAJO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, en su competencia de Menores, DECLARA CON LUGAR
¿ LA SOLICITUD DE FIJACION DE PENSION DE ALIMENTO, formulada por la ciudadana ZOILA MARGARITA JORDAN DE LUQUEZ, en representación de sus menores hijos DIONER DE DIOS y KERENHIPUG DIOSNELA contra JOSE GREGORIO LUQUEZ BLANCO ambas partes identificadas anteriormente. En consecuencia, se fija una pensión de Alimento definitiva en Bs. NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs.. 90.000,oo) mensuales para los menores DIOSNER DE DIOS y KERENHIPUD DIOSNELA con cargo al mencionado obligado, asi mismo se le descontará de la bonificación de fin de año 2003 del mencionado ciudadano, la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,oo) para los identificados menores e igualmente entregados a la madre de los mismos. Dada la naturaleza del presente falle .....