Con fuerza en los razonamientos de hecho y de derecho precedente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Extensión Valle de la Pascua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE INVESTIGACION seguida contra la ciudadana ANA ELVIRA GARCIA, ampliamente identificado en las actuaciones, en virtud de denuncia interpuesta por la ciudadana HERRERA CARMEN OFELIA, conforme a lo establecido en el ordinal 4º del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.