SEGUNDO: Igualmente el prenombrado ciudadano fue condenado a cumplir las penas accesorias de presidio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del Código Penal, las cuales se especifican a continuación:
a) INTERDICCIÓN CIVIL: Durante el tiempo que dure la pena, es decir, NUEVE (09) AÑOS, que se cumplirán el día 07-08-2010 a las 06:00 a.m.-
b) INHABILITACIÓN POLÍTICA: Durante el tiempo que dure la pena, es decir, NUEVE (09) AÑOS, que se cumplirán el día 07-08-2010 a las 06:00 a.m.-
c) LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD: Por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termina, vale decir, DOS (02) AÑOS y TRES (03) MESES, la cual finalizará el día 07-11-2012 a las 06:00 a.m.-
TERCERO: De la misma forma y conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas a partir de las cuales el penado ARTURO MOSQUEDA ESCORCHE podría solicitar los Beneficios que establece la ley:
a) DESTACAM.....