Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del ciudadano LINO CONTRERAS PALMA, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-1.789.188, a la ciudadana: ANA VICTORIA BARRIO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de identidad Nº V-4.338.026, con domicilio en Calabozo, estado Guárico, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros, conforme a lo señalado en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren necesarias a los solicitantes y, devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.
Publíquese y Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de confor.....