DISPOSITIVA
En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, y de conformidad con el artículo 253 de la Constitución de la República, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÀN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, con fundamento en lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: GABRIELA DELGADO MARQUEZ DE ALONSO, Extranjera, casada, titular de la cédula de identidad N° E-466.305, MARISOL ALONSO DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-6.846.159, JUAN FELIX ALONSO DELGADO, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad N° V-5.013.072, DORA GABRIELA ALONSO DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.421.355, TOMAS ALBERTO ALONSO DELGADO, venezolano.....