Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Declara culpable al ciudadano ADELFO ANTONIO DUGARTE HERNANDEZ, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 29-09-1971, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.164.355, estado civil casado, de profesión u oficio Ingeniero Agrónomo, hijo de Luís Dugarte (v) y Elba Hernández (v), residenciado en la calle Bolívar, Casa Don Adelfo. Cazorla. Estado Guárico, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano y en tal virtud lo condena a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, que deberá cumplir en el lugar que designe el Juez de Primera Instancia en.....