DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones de la circunscripción judicial del Estado Guarico, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA, de la Sentencia dictada por el Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, sede Principal San Juan de Los Morros, dictada en fecha 08 de junio de 2012, mediante la cual declaró sin lugar las excepciones opuestas por el abogado Miguel Ángel Cásseres González, en su condición de defensor del ciudadano Vicenzo Li Causi Fiorenza, conforme a lo previsto en el artículo 29 del Código Orgánico Procesal Penal y Decretó el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano Vicenzo Li Causi Fiorenza, al considerar extinta la acción penal por prescripción, por el delito de Calumnia, previsto y sancionado en el artículo 240 ordinal 1 del Código Penal, conforme a lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesa.....