DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad a lo establecido en los artículos 365 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, acordó: PRIMERO: Se admitió la acusación interpuesta por la Representación Fiscal contra el ciudadano JEAN CARLOS HERNANDEZ MATUTE, quien dijo ser venezolano, natural de Calabozo, Estado Guárico, titular de la cédula de identidad N° V-19.760.337, de 20 años de edad, nacido en fecha 24-12-89, de estado civil soltero, de profesión u oficio Indefinida, con domicilio en el Caserío el Toco, Calle José Gregorio Hernández, cerca del ambulatorio, casa S/N, Municipio Ortiz del Estado Guarico, hijo de Carmen Matute y de Teodoro Hernández, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado e.....