DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, Este Tribunal Único de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Admite la acusación presentada por el Ministerio Público, en los mismos términos planteados, así como los medio de prueba allí ofrecidos por ser legarles pertinentes y necesarios para el desarrollo del Juicio Oral y Privado, en contra del Adolescente, IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° 19.986.587, de 15 años de edad, natural de san Juan de los Morros, Estado Guárico, donde nació en fecha 23/01/1990, ayudante de Carpintería, hijo de Nora Suárez Perdomo (V) y José Gregorio Aponte (V), domiciliado en el Sector Valle Verde, Calle La Esperanza, Casa N° 12, cerca del Terminal de pasajeros de Valle Verde, San Juan de los Morros, Estado Guárico, , p.....