este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA; PRIMERO: NIEGA LA HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, planteado por el Profesional del Derecho ANTONI DE JESUS SANTAELLA JIMENEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de los Ciudadanos: WILFREDO RAFAEL SABERIS VIERA y EDWARD DAVID SANCHEZ; SEGUNDO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO suscrito por el Profesional del Derecho ANTONI DE JESUS SANTAELLA JIMENEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de los Ciudadanos: WILFREDO RAFAEL SABERIS VIERA y EDWARD DAVID SANCHEZ, contra los ciudadanos ALEXANDER FRANCO Y FIORELLA FRANCO y le imparte su aprobación otorgándole el carácter de cosa juzgada, en tal sentido, queda sin efecto por consecuencia, las notificaciones para la instalación de la Audiencia Preliminar