DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado RAFAEL MORENO, con el carácter de Defensor Público nº 3º del acusado ANTONIO CARMONA ROSO. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01, de este Circuito Judicial Penal, sede Principal San Juan de Los Morros, el 31 de octubre de 2012, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de revisión de medida efectuada por la Defensa y en consecuencia de ello negó el decaimiento de dicha medida manteniendo asó la privación judicial preventiva de libertad del acusado Antonio Carmona Roso, de conformidad con lo previsto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal (G.O.N° 5.930, Ext. 04 de Septiembre de 2009), h.....