Se declara CON LUGAR la Perención de la Instancia en la presente causa correspondiente a la QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO, seguida por ante este Tribunal por el ciudadano JUAN JOSE VICUÑA, contra el ciudadano CARLOS MARIA NATIVIDAD VICUÑA PADRINO, se revoca el Decreto Interdictal de Amparo acordado por este Tribunal en fecha 05 de Junio de 1.997 y ejecutado en fecha 02 de Marzo de l.997, por el Juzgado Segundo de Parroquia de los Municipios Santa María de Ipíre y El Socorro de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico se da por terminado el presente proceso.-