Se declaró, sin lugar, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Ángel Rosillo Quiñónez, con el carácter de autos, contra la providencia interlocutoria del Juzgado Segundo de Control, extensión Calabozo, de fecha 06 de febrero de 2009, tomado en el asunto N° JP11-P-2009-000113, de su catalogo de causas, seguido al ciudadano Aryendis Enrique Corzo Herrera, por lo que se confirma en todas sus partes la mentada decisión. Se funda la decisión en los artículos 447.4, 448, 449 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal.