.III.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se Declara CON LUGAR, la apelación interpuesta por la parte actora, Ciudadana ROSA RONDON DE CORONADO, venezolana, mayor de edad, viuda, de profesión enfermera jubilada, titular de la cédula de identidad No. 3.952.912, domiciliada en la Calle Uno, No. 17-1 de la Urbanización "La Púa", de la ciudad de Valle de la Pascua, Municipio Infante del Estado Guárico. Se REVOCA el fallo de la recurrida Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 14 de octubre de 2013. Se declara, de conformidad con el artículo 26 y 115 de la Carta Política de 1999, en concordan.....