Se declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalia Décimo Cuarta del Ministerio Público del Estado Guárico, contra la sentencia definitiva publicada por el Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal el 06 de julio del 2005, donde absuelve al acusado Daniel Jesús Cadenas, ampliamente identificado en autos, de los delitos de robo agravado y violación en grado de tentativa, cometidos en perjuicio de Milagros Tovar de Guire y otros, previstos y sancionados en los artículos 460, 457, 375 y 80 primer aparte del Código Penal vigente para la época. En consecuencia se confirma la sentencia apelada. Se funda la presente decisión en los artículos 432, 433, 435, 436, 451, 452 ordinal 2°, 452, 455, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 460; 457; 375 y 80 primer aparte del Código Penal, todos ellos en armonía con el artículo 26 Constitucional.