este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia conforme a los autos se declara a su esposa MARIA GUILLERMINA REPILLOZA DE CIMINO, venezolana mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.953.448, domiciliada en la Calle Rondón de la Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas, estado Guárico y a sus hijos e hijas: NUNZIA DEL VALLE CIMINO REPILLOZA, MARIA INMACULADA CIMINO DE GONZALEZ, PAOLO ANTONIO CIMINO REPILLOZA Y PEDRO PABLO CIMINO REPILLOZA, Todos mayores de edad, portadores de la cedula de identidad N° V-12.512.271, V-13.438.639, V-13.622.223 y V-16.193.088, como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos dejados.....