En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: Se declara DESISTIDA la Acusación Privada presentada por los ciudadanos AMPARO CAMPOS, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 6.549.791 y FREDDY GUEVARA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 8.562.188, ambos con domicilio procesal en la calle González Padrón, Edificio Chaparral, Piso 01, Oficina 01, Valle de la Pascua, Estado Guárico, en contra del ciudadano JOSE AGUSTIN PEREIRA DE FARIA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula 14.203.842, con residencia en la Avenida las Industrias, Sector 12 de Octubre, el Hotel San Marcos, Valle de la Pascua, Estado Guárico, por la presunta comisión del delito de DIFAMACION AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 442 del Códig.....