DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, con sede en esta ciudad de San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensa Pública Penal del imputado GABRIEL EDUARDO SILVA, representada por la abogada Maigualida Morgado Rueda, y, en consecuencia, se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD contra el mismo, contenida en el numeral 3. del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en los artículos 8, 9, 243, 244, 246, 250, 260, 263 y 264 eiusdem, en relación con lo pautado en los artículos 44 numeral 1 y 49 numeral 2., ambos de la Carta Fundamental.