´Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN del acuerdo suscrito por medio de la diligencia inserta a los autos del Expediente consignada en fecha 27/11/2024, por las representaciones judiciales: ABG. JAVIER EDUARDO PÉREZ LUGO, en presentación de la parte demandada y el ABG. SANTIAGO JOSÉ VILERA, en representación de la parte actora; donde manifestaron: el primero la voluntad de cumplir de modo anticipado, la devolución del inmueble objeto de controversia con la entrega de las llaves; y el segundo, la declaración que efecto recibe las llaves del referido inmueble. Así se decide.-
SEGUNDO: Por efecto del acuerdo descrito y su respectiva Homologación por parte de éste Tribunal, se a.....