Es por las consideraciones anteriormente expuestas que este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR el RÉGIMEN ABIERTO al penado PEDRO LUIS HERNANDEZ GARCIA, Venezolano, mayor de edad, natural de esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, donde nació en fecha 22-06-1962, titular de la Cédula de Identidad No. 8.551.734,casado, hijo de RAFAEL MEDINA y DILCIA GARCIA, domiciliado en la Calle Bolívar Nº 72, de esta ciudad de Valle de la Pascua , Estado Guárico, actualmente recluido en la PENITENCIARIA GENERAL DE VENEZUELA, en virtud del cumplimiento de los requisitos que prevé el Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 501.-