PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la demandada PANIFICADORA LAS DELICIAS AA 2019 C.A, debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Guárico bajo el N° 54, Tomo 1-A PRO, año 2020; en la persona de su presidente y representante legal, ciudadano JESUS DAVID DELGADO RISQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.597.711, con domicilio en Barrio Pueblo Nuevo, Avenida Bolívar Nº 25-1, San Juan de los Morros, Estado Guárico; de conformidad con el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL incoada por el ciudadano por el ciudadano FELIX RAMON PARES SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.509.495, asistido por la abogada Yurancy Coromoto Díaz Vázquez, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 284.711. en contra de la PANIFICADORA LAS DELICIAS AA 2019 C.A, identificada en el anterior particular. En consecuencia, la demandada perdidosa deberá.....