Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, conforme a lo previsto en los artículos 26, 49 ordinal 1º, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15 y 254 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 170 del Código Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA DE NULIDAD DE CONTRATO DE VENTA, incoada por la ciudadana Lourdes Josefina Navas Díaz, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.633.840, contra el ciudadano Porfirio José López Zorrilla, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.878.433, ambos de este domicilio.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte perdidosa conforme al artí.....