OTORGÓ PERMISO POR ENFERMEDAD al ciudadano JOSE MARIN GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, no registra cédula de identidad, de DIEZ DÍAS CONTINUOS, el cual comienza en fecha 21/07/09 y culmina en fecha 30/07/09, ambos inclusive, por cuanto no es sino hasta la presente fecha que se tiene conocimiento de la enfermedad, debiendo permanecer en la dirección de residencia de la ciudadana JULIA PALMA, en su condición de madre, ubicada en el Barrio La Manga, casa s/n, Las Mercedes del Llano, Estado Guárico, debiendo el penado presentarse el día 31/07/09 al Centro de Tratamiento Comunitario "General Ezequiel Zamora", de lo cual deberá ser notificado el Tribunal, indicándosele que en caso de incumplimiento en relación a la fecha de su presentación al Centro de Tratamiento, sin causa justificada, dará motivo a la revocatoria del beneficio. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 3, 19, 46 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 479.1 del Código Org.....