Dispositiva:
El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control 04, del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, dicta el siguiente pronunciamiento: Decreta el Sobreseimiento de la Causa seguida al ciudadano ALEJANDRO RAMÓN GARCÍA,, venezolano, natural de Altagracia de Orituco estado Guarico, de 42 años de edad, nacido en fecha 26/08/1968, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.999.299, de profesión Mecánico, de estado civil soltero, residenciado en la Urb. Camoruco vereda 6 casa S/n Altagracia de Orituco estado Guarico, hijo de Josefina García (v) y de Ramón Méndez (v), teléfono Nº 0424-344.61.28 ; de conformidad con lo establecido en el numeral 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal penal por extinción de la acción penal, en relación con los artículos 45 y 48 ordinal 7° eiusdem, declarando el cese de las medidas cautelares acordadas a dicha ciudadana.-
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