JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, CALABOZO. VEINTIUNO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE (21/04/2014). AÑOS 203º DE LA INDEPENDENCIA Y 155º DE LA FEDERACION.
Estando en la oportunidad legal, para pronunciarse sobre la admisión de las pruebas promovidas por las partes en el presente juicio se provee en consecuencia:
La parte actora, representada por el abogado Johnny Elías González Luzardo, con el carácter acreditado en autos, en el escrito libelar, promovió las documentales que cursan a los folios 7 al folio 69, marcadas con las letras "A","B","C","D","E","E1","E2" y "F". Se admiten, apreciando su valor en la definitiva.
Por su parte el demandado, asistido por el Defensor Público Agraria, abogado Arquímedes Díaz, presentó escrito de contestación de la demanda en fecha 12/02/2014, mediante la cual promueve las documentales anexas a su escrito, marcadas con las letras "A","B","D" y "E". Se admite, apr.....