PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora-recurrente Ciudadano PEDRO RAFAEL ORASMA GARBI. Se INADMITE la Mecánica Probatoria de los Informes de Prueba, promovidos por el actor en el punto tercero de su escrito de promoción específicamente en relación a la solicitud para ser efectuada a la Institución Bancaria denominada BANCARIBE y a las Instituciones Educativas Unidad Educativa “Angel de la Guarda” y “Mundo de Ilusiones”. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nro. 02, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 31 de Octubre de 2007, y así se decide.
Publíquese, Regístrese y déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de.....