Se declara la nulidad de la sentencia dictada por el Juzgado de los Municipios José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 10 de mayo de 2005 por DAÑOS MATERIALES EN ACCIDENTE DE TRANSITO, intentada por el ciudadano JOSE JOAQUIN LEAL, contra los ciudadanos ANGEL RAMON ARRUEBARRENA GONZALEZ Y ROMULO JOSE ARRUEBARRENA BALZA, Como consecuencia de lo anterior esta alzada procedió a conocer sobre el fondo de conformidad con el articulo 209 del Código de Procedimiento Civil y Declara SIN LUGAR la demanda, se declara SIN LUGAR la apelación intentada por la ciudadana abogada ERAIDA CAMPOS, en su carácter de apoderado de la parte demandante, contra la decisión del Juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico y de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante.-