En consecuencia, este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR el Beneficio de RÉGIMEN ABIERTO al PENADO JOSÉ ANTONIO HIGUERA MONIA, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 14.673.507, natural de Valle de la Pascua, Estado Guárico, nacido en fecha 04-005-71, soltero, indefinido, hijo de AMALIA MERCEDES HIGUERA y MIGUEL ANTONIO MONIA, con domicilio en Calle el Triunfo Casa n° 70, detrás del club Terrón Blanco, Valle de la Pascua, Estado Guarico, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Guarico, por estar cumplidos los requisitos que prevé el Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 501 numerales 1°, 2°, 4° y 5°.-