DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento a las atribuciones conferidas en el ordinal 1º del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 482 ejusdem, DECLARA que el penado LUIS EDUARDO ZORRILLA, venezolano, soltero, herrero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.298.590, venezolano, natural de San Juan de los Morros, Estado Guárico, con residencia en el Barrio San Nicolás, casa Nº 05 de San Juan de los Morros, ha redimido de su condena ONCE (11) MESES, SEIS (06) DÍAS y DOCE (12) HORAS, que da un total de cumplimiento de TRES (03) AÑOS, TRES (03) MESES, DOCE (12) DÍAS y DOCE (12) HORAS , por lo que le falta por cumplir de su c.....