De una revisión exhaustiva a las actas procesales que conforman la presente demanda, se puede evidenciar que la sentencia dictada en el presente litigio quedo definitivamente firme, por cuanto de autos se evidencia que el presente asunto no existen más actuaciones que realizar, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda Camagua y San Gerónimo de Guayabal del Estado Guarico, declara terminado el proceso y ordena su remisión al archivo inactivo en su oportunidad. Así se decide.
LA JUEZ
ABG. MAYRA URBANEJA ZABALETA
LA SECRETARIA.
ABG. LILY JIMENEZ
En esta misma fecha se Registro y Público la anterior decisión bajo el N° 142-19, .....