Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en su competencia (Civil), administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS, del objeto del recurso de apelación, referido a la revisión de la negativa por parte del tribunal a quo de la medida cautelar de secuestro, intentado por la abogada LEIDYS C. VILLALOBOS DE DA SILVA, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el nro. 69.699 y titular de la cédula de identidad nro. 11.794.003, en su condición de apoderada judicial de la parte actora. En consecuencia, extinguida la presente instancia, y el recurso de apelación interpuesto.-
SEGUNDO: No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza de este fallo.
TERCERO: Notifíquese a las partes; por cuanto las partes no t.....