En consecuencia, y por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la oposición efectuada por el ciudadano MIGUEL GERARDO BECERRA CHACON, actuando en su carácter de apoderado judicial del BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, C.A. antes BANFOANDES C.A., por lo que se REVOCA la medida preventiva de embargo decretada por este Tribunal en fecha 11 de Enero del 2.010, y practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano, Chaguaramas y José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 14 de Julio del 2.010.
Una vez quede firme la presente sentencia, se ordena oficiar a la ciudadana MAGALY PAEZ AULAR, titular de la cédula de identidad Nº 8.809.811, en su carácter de Depositaria Judici.....