Es por los razonamientos anteriormente expuestos que este tribunal de Ejecución Nº 01 , del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico , Extensión Valle de la Pascua, actuando en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE: Se ACUERDA otorgar PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL al penado FLORES PERDOMO MIGUEL ANGEL, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V.-11.122.627, natural de Maracay, Estado Aragua, hijo de Julia Delia Perdomo y Augusto Flores, soltero, Funcionario Público, con domicilio en el Barrio Bicentenario, Casa N° 03, San Juan de los Morros, Estado Guárico , el cual cumplirá a través de la Dirección del Centro Comunitario Dr. F .S. ANGULO ARIZA, en MARACAY, Estado ARAGUA, quien tendrá la obligación de controlar y verificar el cumplimiento de las condiciones que sean impuestas al penado, a través del Delegado de Prueba asignado al penado e informar periódicamente a este Tribunal, todo lo referente al régimen de supervisión.....