este Juzgado de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico-Extensión Calabozo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Medida de Protección, interpuesta por la Fiscalía Superior de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a favor de la ciudadan: CARMEN DOLORES CONTRERAS, titular de la Cédula de Identidad N° 8.796.112, Y DE SU GRUPO FAMILIAR, quien es venezolana, mayor de edad, con residencia en el barrio LAS DINAMITAS Carrera cuatro (04) entre Calles 1 y 2 de esta Ciudad de Calabozo Estado Guárico; por lo que se acuerda Oficiar a la Guardia Nacional; Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Zona Policial N° 03 todos de esta Ciudad, a los fines de que giren las instrucciones correspondientes para brindarle protección al mencionado ciudadano y le resguarden su integridad física y moral, y a que su grupo familiar; todo de conformidad con los artículos 26, 51 y 55 de l.....