Vista la proposición hecha por el Ciudadano: CARLOS EDUARDO SOTO MUÑOZ, en su carácter de demandado, y la aceptación de la ciudadana: MARIELA JOSEFINA VIDAL, insertado en el folio 14, donde se estableció para el beneficio de los niños XXXXXXXXXX y XXXXXXXXX depositara en la cuenta de ahorro que aperture la representante de los menores, en el Banco Bicentenario, la cantidad de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,oo) SEMANAL, equivale a CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo), MENSUAL, igualmente lo atrasado con Cuatro (04) mensualidades de Obligación de Manutenciòn a CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo) MENSUAL, que hace un total de MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.600,oo), que consignarà en cuotas CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo) QUINCENAL, apartir del 15 de Abril de 2010 hasta el 30 de Mayo de 2010, igualmente lo correspondiente a època escolar y decembrina, mèdico y medicinas cuando se requiera en un 50%.- En consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana.....