II
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA PÉRDIDA DE INTERÉS de la Solicitud de Reconocimiento en Contenido y Firma, solicitada por el Abogado FREDDY REYES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el Nº 40.323, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana JULIA CATALINA ALVARADO, venezolana, mayor de edad, soltera, productor agropecuario, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-2.232.277, en su carácter de Director General de Cooperativa Flores Azules HERMANOS REYES 66, R.S., inscrita ante la Oficina Subalterna del Registro Público del Distrito Miranda del Estado Guárico, bajo el Nº 6, folios 48 al 53, protocolo primero, tomo séptimo, cuarto trimestre del año 2.003.-
SEGUNDO: Este Juzgado ordena el cese.....