DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y derecho antes expuestas, este TRIBUNAL ACCIDENTAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda de reivindicación, interpuesta por el ciudadano JULIAN RAFAEL CORTEZ, venezolano, mayor de edad, productor agropecuario, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.345.156, domiciliado en esta ciudad de Calabozo Estado Guárico, debidamente representado por el Abogado en ejercicio PABLO DE LA CRUZ PARRA ALMAO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-3.869.671, e inscrito en el Inpre-abogado bajo el Nº 43.899, y de este domicilio., contra la ciudadana ADELINA GONZÁLEZ NAVAS, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-8.632.860, con domicilio en.....