JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, CALABOZO. TRECE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE (13/05/2.013). AÑOS 203º DE LA INDEPENDENCIA Y 154º DE LA FEDERACION.
Visto el anterior escrito contentivo de subsanación de la demanda del Reconocimiento de Instrumento Privado, presentado por el abogado Eduardo Fernández Díaz, inscrito bajo el Inpreabogado Nº 35.471, actuando en este acto en nombre de los ciudadanos Juan Bautista Rodríguez Poleo, Nancy Margarita Cayaffa de Rodríguez y Matilde del Milagro Rodríguez de Pérez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.365.428, V-4.019.091 y V-2.516.196 respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Villa de Cura, estado Aragua, contra el ciudadano Arquimiro Marante Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.822.960, domiciliado en la calle Juan de Dios Agraz Nº 50, de la ciudad de Villa de Cura, del Estado A.....