Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE: SE DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano JOSE MANUEL ALMEA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.-8.796.038, con fecha de nacimiento el 08/11/75, de 32 años de edad, natural de Valle de La Pascua, Estado Guárico, hijo de los ciudadanos Olga Josefina Ramos y José Alberto Almea, con residencia en la calle José Francisco Torrealba, Sector El Estadium, Casa 0461, Las Mercedes del Llano, Estado Guárico, en virtud del DECAIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD POR EL CUMPLIMIENTO DEL LAPSO DE 02 AÑOS DE DURACIÓN, y en consecuencia se ordena el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 244 del Código Orgánico P.....