Visto el escrito de recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por la abogada Nilsa Noellys Camacho Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.060.109, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 114.799, actuando en su carácter de Defensora Público con competencia agraria, N° 01, adscrita a la unidad de la Defensa Publica de Valle de la Pascua, representando a los ciudadanos: Anastasia Díaz Alexis y Dangel Figueroa, titulares de la cedula de identidad Nros. V-15.393.851 y V-9.914.027, los cuales actúan en representación de los miembros del colectivo "Pancha Duarte"
A los fines de pronunciarse sobre la admisibilidad, este Juzgado observa que el artículo 160 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, establece lo siguiente:
Artículo 160: "Las acciones y recursos contemplados en el presente Título deberán interponerse por escrito por ante el Tribunal competente, cumpliendo con los siguientes requisitos:
1.- Det.....