este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio Nº 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por unanimidad, ABSUELVE, al ciudadano: CARLOS ALBERTO MORALES ESPINOZA, venezolano, de natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 07-12-1949, de estado civil soltero, profesión u oficio Chofer, hijo de Belen Espinoza (f) y de Santiago Morales (f), domiciliado en Urb. 27 de Febrero, Bloque 32, apartamento 01-07, Guarenas Estado Miranda, teléfono 0426-905.07.95 y titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.301.933, por la comisión del delito de SECUESTRO DE ANCIANO CON MUERTE EN CAUTIVERIO, previsto y sancionado en el artículo 460 Parágrafo Segundo del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano LUIS ALBERTO ALFONZO MORAO por cuánto se evidencia que no se probó su autoría y la consiguiente responsabilidad penal del del.....