UNICO: Declara SIN LUGAR la revisión de la medida de coerción de privación judicial preventiva de libertad, dictada por el Tribunal Primero de Control el 09 de junio de 2006 e impuesta al ciudadano NASSER EDUARDO MOHALI CASTILLO, quien es mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.512.550, casado, natural de Chivacoa, Estado Yaracuy, donde nació el día 08 de marzo de 1963, de profesión Ingeniero Agrónomo, domiciliado en la Urbanización Vipedi, calle 07, casa N° 05 de esta ciudad de Valle de la Pascua, por la presunta comisión de los delitos de SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, DETENTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, PECULADO DOLOSO PROPIO POR APROPIACION Y DISTRACCION previstos y sancionados, en su orden, en los artículos 239,277, ambos del Código Penal y 52 de la ley contra La Corrupción en perjuicio del Orden Público y del Patrimonio Público de FONDAFA, acordándose mantenerla en todos sus efectos, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 264 del Código Or.....