PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado de la Co Accionada, abogado ANTONIO JOSÉ MORENO SEVILLA, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 55.880. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, de fecha 12 de noviembre de 2007. Reponiéndose la causa al estado de nombrar defensor ad Litem al co-accionado LUIS ARMANDO MEREGOTE y anulando las actuaciones posteriores a la decisión de fecha 03 de julio de 2007, y así se establece.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en COSTAS a la parte recurrente de la presente incidencia, y así se establece.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Pro.....