Por otra parte, la ciudadana Carmen Santiaga Pérez Villanueva, parte demandada, identificada en autos, asistida por el Defensor Público Agrario José Arquímedes Díaz, adscrito a la Unidad de la Defensoria Pública del estado Guárico extensión Calabozo, presentó escrito de contestación de la demanda en fecha 12/03/2014, mediante la cual promueve las documentales acompañadas en su escrito, ratificados en la oportunidad de promoción de pruebas, folios 66 al folio 75, este Tribunal las admite apreciando su justo valor en la definitiva.
De igual manera promueve en el escrito de la contestación de la demanda las testimoniales de los ciudadanos Carlos E. Carreño, Rosa A. Díaz, Rosa M. Ruttia, Carmen C. Laya, Marcelo A. Aponte, Deisis M. Ascanio, Jesús M. Aponte, Trino D. Díaz, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-10.261.673, V-22.882.796, V-8.813.045, V-19.326.306, V-8.626.482, V-22.822.772, V-3.166.572 y V-3.811.123 respectivamente, se admiten salvo su a.....