Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, sede San Juan de los Morros, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: SE OTORGA PERMISO EXTRAORDINARIO DE SUPERVISION al penado JOSE NICOLAS PULIDO PADILLA, Venezolano, Titular de la cédula de identidad Nº V- 20.522.344, natural de Calabozo, Estado Guárico, nacido el día 14-06-1992, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Casco Central, carrera 09, residencia Los Rangel, Calabozo, Estado Guárico. SEGUNDO : se deja sin efecto la Orden de captura del penado JOSE NICOLAS PULIDO PADILLA, Titular de la cédula de identidad Nº V- 20.522.344, en relación al asunto penal Nº JP01-P-2010- 006209. Notifíquese al penado, informando de la presente decisión anexando copia certificada de la misma, a .....