Por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando bajo la Modalidad de Tribunal Mixto y por UNANIMIDAD, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se Absuelve al ciudadano SANCHEZ CORDERO RAFAEL ANTONIO, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.-16.044.428, natural de Valle de la Pascua, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el día 17/03/84, de 24 años de edad, hijo de los ciudadanos Ricardo Sánchez y Celestina Cordero, con residencia en la Calle Horizonte, Casa N° 27, Sector El Morichal, Valle de la Pascua, Estado Guárico, de la comisión del delito de EXTORSION EN GRADO DE COOPERACION INMEDIATA, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, en relación con el artículo 83 ejusdem, cometido en perjuicio de la ciudadana MARILYN BOGOTA DE OTTI, quedando en libertad inmediata desde la sala. To.....