PRIMERO: Se CONFIRMA la Sentencia, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 14 de Junio del año 2.011. En consecuencia, se declara CON LUGAR la Solicitud de Interdicción Definitiva intentada por el Ciudadano MANUEL FELIPE, GALLARDO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.820.471, con relación a su hermana, Ciudadana GALLARDO FLORES, SOLANDA CAROLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.667.690, domiciliada en la Salida de los Llanos, Urbanización Bigott, N° 204. Quinta Betsi, San Juan de los Morros, Municipio Juan German Roscio del Estado Guárico. En consecuencia, se declara como Tutor Definitivo al Ciudadano MANUEL FELIPE GALLARDO FLORES, hermano de la notada y, como integrantes del Consejo de Tutela a los ciudadanos BELEN MARGATRITA DE SAN JOSE BAEZ SALA.....