En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expresadas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia (MERCANTIL), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACIÓN A LA TRANSACCIÓN, efectuada entre las partes de la presente causa, el ciudadano GERARDO RODRIGUEZ, debidamente asistido por el abogado en ejercicio NERWIN JAVIER CADENAS (ya identificado), parte demandada en el presente juicio; y por otro lado, la ciudadana LESBIA VILLASMIL (ya identificada), en su carácter de apoderada judicial de la empresa mercantil "SEMILLAS FLOR DE ARAGUA C.A" (SEFLOARCA), en el presente juicio por INTIMACIÓN, como se evidencia de autos que fue cancelada cada una de las cuotas y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGAC.....