DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: INADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto con fuerza definitiva interpuesto en fecha 26/03/2014, por el Abg. Florencio Ernesto González Oropeza, en su condición de Fiscal Primero (1º) del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha 14/03/2014 y publicada en su texto integro en fecha 14/03/2014 por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal, sede San Juan de los Morros, Estado Guárico, mediante la cual, entre otras cosas, decretó el Sobreseimiento.