Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la apelación interpuesta por la parte Co -Demandada, Empresa IMPREGILO S.P.A., Sucursal Venezuela, anteriormente COGEFAR-IMPRESIT, CONSTRUZIONI GENERALI, SPA, inscrita originalmente por ante el Registro Mercantil Segundo de Caracas; Distrito Capital, del Estado Miranda; Bajo el Nº 60, tomo 96-A, de fecha 1 de febrero de 1.995, anotado bajo el Nº 20, Tomo 32-A. En consecuencia se REVOCA el auto de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 26 de Junio de 2.012, y se ordena al tribunal de la causa de conformidad con los artículos 19 y 244 del Código de Proced.....